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“El principio que ha
fundamentado históricamente el papel principal del Estado
en nuestro país es que la educación es un bien público y
una tarea social”
Moreno, 19 de mayo de
2007.-
EDUCACIÓN PUBLICA DE
GESTION SOCIAL.-
Hacia una definición.-
La recientemente sancionada
Ley Nacional de Educación Nº 26206 incluyó en su Art. 13
la gestión social como una categoría más, reconocida por
el Estado Nacional, dentro de quienes brindan educación.
Dar cuenta de la diversidad
implicó el reconocimiento explícito de una realidad
socio-educativa que emergió como respuesta a la
destrucción del sistema educativo, por la implantación de
políticas neoliberales, plasmadas en la derogada ley
Federal de Educación.
Habíamos dado respuesta, a
la hora del estado ausente, a las demandas de los sectores
empobrecidos de la Provincia de Buenos Aires mediante
organizaciones sociales en que la comunidad era parte. No
nos sentíamos parte del reduccionismo entre educación
confesional o privada, definimos entonces, como “educación
de Gestión Social la que brindan organizaciones sin fines
de lucro, a través de una pedagogía popular, cooperativa y
solidaria para el logro de una ciudadanía crítica y
emancipada, incluyendo a la comunidad en el gobierno
democrático de las mismas”. Es por esencia pública, en
tanto proyecto social , popular y comunitario.
La Educación de Gestión
Social no responde a una figura jurídica predeterminada
sino a un conjunto de acciones y valores que definen la
gestión y gestación social, en tanto son construcciones
colectivas de democracia participativa, donde el
cooperativismo es herramienta para la socialización del
conocimiento. Dando respuesta a la necesidad de una
educación integral y de contenido transformador que
aborda, además, las necesidades de salud y alimentación de
la comunidad en que está inserta.
La Educación de Gestión
Social no es contradictoria con lo estatal sino que lo
complementa desde un lugar alternativo de creación propia
y colectiva, con finalidades públicas, a las que el Estado
habrá de financiar para tender a su gratuidad. Hay una
necesaria presencia del Estado; produciendo una
complementariedad entre estado y gestión social antes que
disociación o autonomía absoluta del mismo.
La Gestión debe conformarse
necesariamente con los miembros de la comunidad escolar
promoviendo la socialización del poder y de la
responsabilidad, generando una horizontalidad responsable
en la delegación de responsabilidades y en la toma de
decisiones mediante una democracia participativa.
Democratizar significa generar mayor identidad a la
gestión social, formando subjetividad y cultura
democrática en sus alumnos y la comunidad que la conforma.
La democratización que
ejercemos es la que también demandamos del Estado: a fin
que garantice la transparencia en el otorgamiento de los
recursos de la inversión pública para la educación de
gestión no estatal y democratice los criterios de
selección y otorgamiento de los mismos. Estableciendo un
libre acceso a la información de su adjudicación y al
contenido directo de toda resolución, normativa, escalas
salariales, etc. que emita la DGCYE y/o la DIPREGEP,
ordenando la inmediata publicación en la página del ABC,
sin necesidad de tener que recurrir a Asociaciones u
organismos intermediarios.
Inclusión y educación
integral.-
Nos identifica un accionar
sin ningún tipo de discriminación ni religiosa, ni
económica, ni física, ni social.
La Educación de Gestión
Social en el ámbito de nuestra provincia se caracteriza
por atender poblaciones pobres, de familias
desescolarizadas que provienen de una migración interna o
de países limítrofes, con culturas y vocabularios
heterogéneos. Las dificultades económicas hacen que no
tengan acceso a la lectura de diarios, revistas o textos.
En el aprendizaje de los niños, esto se traduce en
dificultades en su oralidad y comprensión en la lectura y
en las consignas.
Respetando la diversidad,
nuestros espacios educativos deben, necesariamente, ser
inclusivos y para lograrlo se generan Proyectos Educativos
Innovadores que atienden las necesidades de cada grupo y
dentro de éste a cada alumno. Para que esto sea posible la
población áulica no debe superar los 25 alumnos y la
Educación Popular debe ser herramienta fundamental en el
aprendizaje.
Contar con una biblioteca y
su bibliotecaria, videoteca y mapoteca permitirá
desarrollar tareas de investigación y resolución de
actividades que acortan diferencias cognitivas con
sectores de mejores recursos.
La Sala de Informática
deberá contar con Internet, si verdaderamente queremos
acceder a los beneficios de la tecnología.
Los Docentes deben estar
comprometidos con el Proyecto Educativo y conocer las
características de la población escolar con la que
trabajan; deberán capacitarse de acuerdo a las necesidades
que deban atender y los proyectos que quieran desarrollar.
Esto de ninguna manera se opone o sustituye la
capacitación que el docente realice a través de los cursos
que dicta el CIE u otras entidades de formación docente,
por el contrario, se suma.
La falta de organizaciones
culturales o deportivas en estos barrios hace
indispensable que la escuela asuma este rol dictando
talleres y realizando prácticas deportivas, de esa manera
los chicos adquieren hábitos culturales y sociales que
superan los contenidos programáticos
propios de la actividad escolar. El arte y el deporte son
herramientas que permiten ampliar los medios de expresión.
Los alumnos de estas
instituciones deben recibir el material que el Estado
brinda a los que concurren a escuelas estatales, ya que
las dificultades para la compra de libros y útiles
escolares son iguales y mucho mayores si se compara con
los que concurren a escuelas céntricas.
La integralidad de la
educación que describimos, una vez otorgado por el Estado
el 100% de financiamiento, debe prohibir el cobro de todo
adicional a la cuota que la DGCYE fije para las escuelas
que gozan de ese porcentaje de subvención.
La nueva ley de educación
provincial.-
La Educación de Gestión
Social deberá incorporarse a la nueva Ley de Educación
Provincial, definiéndola y garantizando:
• 100% del aporte de todos
los cargos docentes, incluyendo bibliotecario y cargas
sociales patronales.
• 100% del aporte para el personal auxiliar.
• Derecho a aplicar Proyectos Innovativos que mejoren las
posibilidades de inclusión de los sectores con menores
recursos.
• La libre selección del personal.
• El seguro para docentes y alumnos.
• La inembargabilidad absoluta, cualquiera fuera el
concepto, persona u órgano que lo pretenda, de todas las
sumas que el Estado Provincial deposita con destino al
pago de sueldos y cargas sociales del personal.
• Afiliación a la Obra Social de la Provincia para el
personal docente y auxiliar.
• Derecho a toda información, de manera inmediata a través
del ABC, referida a la aplicación de recursos públicos en
Educación y de la normativa que se dicte en el área.
• Nuestra integración, en la proporción de un tercio
(1/3), al Consejo Consultivo de Educación de Gestión
Privada.
Obligándonos a:
• Rendición de cuentas en
tiempo y forma.
• Reconocer la Supervisión
Técnico-Pedagógica-Administrativa por parte del Consejo
Provincial de Educación.
• Respetar el régimen de licencia provincial incluyendo
Junta Médica.
• Respetar el régimen de incompatibilidades.
FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS
Y ENTIDADES AFINES DE ENSEÑANZA DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES |